El Fuero de Labastida

Hace algunas fechas publicamos en este blog un artículo sobre el Fuero de Lapuebla de Argantzun, donde veíamos cómo la memoria histórica de aquella villa en particular había quedado desfigurada debido a la directa falsificación del Fuero original de Sancho VI el Sabio de Navarra, por el burdo método de hacer desaparecer el documento original, cambiando el nombre del rey navarro por el del castellano Alfonso VIII en la copia hecha en 1562.

Recientemente hemos leído un artículo en el Diario de Noticias de Álava, en el que, por una parte, se relataba cómo “un grupo de vecinos de la localidad [Labastida] escenificó la entrega de los Fueros por parte de los reyes de Nájera-Pamplona, el gobierno que reinaba durante aquellos años”, mientras que por otra se decía que dicha escenificación era un “recordatorio de los días en los que el rey Fernando II otorgó la Carta de Fueros a Labastida, garantizando a sus vecinos las libertades y a sus instituciones la autonomía local”.

Vista de Labastida, flanqueada por un viñedo y resguardada por la Sierra de Cantabria, antiguamente conocida como Sierra de Navarra (Iturria: http://www.luhartz.com)

Vayamos por partes.

En primer lugar, por lo que sabemos, el texto original del fuero de Labastida fue destruido, en circunstancias concretas que desconocemos, en octubre de 1934, suponemos que en el contexto de la llamada Huelga General Revolucionaria, tras el triunfo de la CEDA (Confederación Española de Derechas Autónomas) en las elecciones generales.

En segundo lugar, existe la tradición, citada al poco más o menos en el artículo, de que Labastida fue fundada por el rey Gartzia III, de la que se hizo eco Julio Caro Baroja. No obstante, él retrasaba, en nuestra opinión acertadamente, este período fundacional al siglo XII. Curiosamente, en la memoria histórica de varias localidades de la Sonsierra – llamada hoy “Rioja Alavesa” en la parte administrada por la Diputación Foral de Álava – se registran fundaciones anteriores a la concesión del Fuero. Ocurre en Labastida y también en Laguardia, denominaciones claramente posteriores a esas épocas fundacionales tradicionales. Ambas cosas pueden ser ciertas, pero los contextos históricos y políticos son diferentes.

Para terminar, hay un Privilegio bastante breve en el Archivo de Simancas, fechado el 20 de marzo de 1242, por el que el rey castellano Fernando II otorga a Labastida el Fuero de Treviño, con algunas excepciones tributarias. Debemos aclarar que este Fernando II de Castilla ha pasado a la historia como Fernando III  “el Santo”, rey de Castilla y León.

Dado que el Fuero de Treviño es el mismo que el Fuero navarro de Lapuebla de Argantzun, como ya he citado al inicio de este escrito, adquiere su verdadero sentido el final de este Privilegio de Fernando II de Castilla, que dice:

“Mando otrosi que [los tributos] me los dedes cadanno por la fiesta de la Pascua de Quinquagessima, et que ayades aquellos montes para cortar et para facer como soliades aver en dias del rey don Sancho et en dias de mio avuelo el rey don Alfonso”.

Lo primero que debemos tener en cuenta es que este documento sería copia de copia de copia, ya que está fechado en 1562, el mismo año que la copia del de Argantzun ‑ ¿casualidad? -, que a su vez sería copia literal, de otro probablemente de la época de Alfonso X o posterior, cuando ya la lengua documental oficial era el castellano, traducción del Privilegio de Fernando II en latín, lengua documental oficial en 1242.

El abuelo de Fernando II era Alfonso VIII de Castilla, quien como sabemos en 1200 conquistó Labastida y la anexionó a Castilla.

Imagen de Alfonso VIII según una miniatura medieval (Iturria: http://commons.wikimedia.org)

El citado rey don Sancho no puede ser otro que Sancho VI “el Sabio” de Navarra, quien, entre otras fundaciones de muchas otras villas, otorgó el Fuero a Argantzun-Treviño.

En consecuencia, debemos concluir que Labastida ha sido siempre navarra. De hecho, así ha sido desde los tiempos del Reino de Pamplona hasta su conquista en 1200 y hasta la actualidad, aunque de manera que podríamos llamar subliminal, en la memoria histórica de sus naturales. De esa manera se hace bueno aquel razonamiento dado por los embajadores navarros durante los debates previos al Laudo Arbitral de Londres, emitido por el Rey de Inglaterra Enrique II Plantagenet en 1176 y que llevó al Tratado de Límites de 1179: una argumentación según la cual el fundamento de sus derechos territoriales se basaba en “la fidelidad probada de sus moradores naturales”.

– Fernando S. Aranaz –

Utzi erantzun bat

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